Por lo tanto, este Juzgado Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Sucre y Cruz Salmerón Acosta del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, conforme a lo establecido en la citada sentencia, declara DISUELTO el matrimonio contraído por GRECIA CICILIA CALDARELLO RODRIGUEZ, y AMILCAR JOSE MARQUEZ VASQUEZ, en el Registro Civil Municipal del Municipio Sucre, Estado Sucre, en fecha Seis (06) de Mayo del año dos mil Catorce (2014).