este Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito, Agrario y Bancario del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA: PARCIALMENTE CON LUGAR LA CUESTION PREVIA contenida en el ordinal 8º del artículo 346 del Código de Procedimiento Civil, con fundamento en la existencia de una cuestión prejudicial que deba resolverse en un proceso distinto, promovida por el ciudadano JORGE LUIS BRICEÑO GUILLEN, portador de la cédula de identidad Nº V- 15.953.398, con el carácter de presidente de la FUNDACION VICENCIANA, asistido por el abogado en ejercicio REINALDO VASQUEZ RODRIGUEZ, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nº 15.478; en el juicio a través del cual se ventila la pretensión de COBRO DE BOLIVARES POR EL PROCEDIMIENTO DE INTIMACION que planteara contra la prenombrada fundación el ciudadano EDWARD BALZA ARIAS, po.....