Por todos los razonamientos anteriormente expuestos, este Tribunal Primero de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Extensión Carúpano, en uso de las facultades conferidas por los artículos 479 y 493 del Código Orgánico Procesal Penal, Administrando Justicia, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, Autoriza el cambio de supervisión del Beneficio de Suspensión Condicional De La Ejecución De La Pena, decretado en fecha 3 de Mayo de 2012 a favor del penado Renny Del Jesús Vargas Miranda, venezolano, Mayor de edad, natural de San Félix, del Estado Bolívar, de estado civil soltero, titular de la Cédula de Identidad Nº 20.886.024