Por los razonamientos anteriormente expuestos, este Juzgado de los Municipios Benítez y Libertador, del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara confeso al ciudadano ALEXIS GABRIEL GUZMÁN, titular de la cédula de identidad N° 15.244.046 y en consecuencia, se declara CON LUGAR la presente demanda de INCUMPLIMIENTO DE OBLIGACIÓN DE MANUTENCIÓN, a favor de la niña Loreannys Nazareth Castellini Cabrera, intentada por su progenitora EVA YARIMA CASTELLINI, ampliamente identificada en autos, quedando obligada la parte demandada a cancelarle la cantidad de DOS MIL TRESCIENTOS SESENTA BOLÍVARES (Bs. 2.360,oo), por concepto de obligación de manutención no pagadas, desde el mes de septiembre de 2003, hasta el mes de julio de 2008, calculada dicha cantidad a razón de cuarenta bolívares (Bs. 40,oo) por cada mes; todo de conformidad con lo establecido en los Artículos.....