este Tribunal Segundo de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Extensión Carúpano, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de Ley, DECRETA Medida Cautelar Sustitutiva de Libertad en contra del imputado: JONNATAHAN ABINADAD GARCIA CEDEÑO, venezolano, natural de Carúpano, de estado civil soltero, de 20 años de edad, nacido en fecha 05-09-1990, titular de Cédula de Identidad N° 21.011.434, de profesión u oficio Estudiante, hijo de Flor Maria Cedeño de García y Francisco José García y domiciliado en Calle el Tigre, Sector Tío Pedro, Casa Nª 37, cerca del Ambulatorio, del Municipio Bermúdez, del Estado Sucre; consistente en una régimen de presentaciones treinta (30) días por ante la Unidad de Alguacilazgo de esta Extensión Judicial, durante el lapso de seis (06) meses, y la prohibición de efectuar cambio de domicilio o residencia sin participar o informar al Tribunal; todo de conformidad con lo establecido en el artículo 25.....