Dicho todo esto, este TRIBUNAL SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, AGRARIO, DEL TRÁNSITO Y BANCARIO DEL PRIMER CIRCUITO JUDICIAL DEL ESTADO SUCRE, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, acuerda REPONER LA CAUSA AL ESTADO DE FIJAR EL CARTEL DE CITACIÓN EN LA MORADA, OFICINA O NEGOCIO DEL DEMANDADO en el juicio que por DIVORCIO sigue el ciudadano CARLOS A. LUGO GRANADO, abogado en ejercicio, debidamente inscrito el inpreabogado bajo el número 22.603, con domicilio procesal en la calle Rojas, Edificio BND, piso 3, apto 1-3, de esta ciudad de Cumaná, actuando en su carácter de apoderado judicial por la ciudadana ROSANGELA BRICEIDA MORALES DE CARABALLO, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad número V-15.575.619, domiciliado en la ciudad de Cumaná, Estado Sucre; contra el ciudadano LUIS ALBERTO CARABALLO ORTIZ, quien es venezolano, mayor de edad, casado titular de la cédula de identidad númer.....