Por los razonamientos anteriormente expuestos este Tribunal Superior, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA: SIN LUGAR el recurso de apelación interpuesto por el ciudadano JOSE ANTONIO GONZALEZ, Abogado en ejercicio, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el No. 29.657, actuando en su carácter de apoderado judicial de la parte demandante en la presente causa; contra la Sentencia Interlocutoria con Fuerza de Definitiva dictada por el Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario, Tránsito y Bancario del Primer Circuito Judicial del Estado Sucre, en fecha Trece (13) de Marzo de 2.009.
En consecuencia DECRETA la PERENCIÓN DE LA INSTANCIA, en la pretensión de RETRACTO LEGAL ARRENDATICIO, seguido por el ciudadano GEORGES BOUBOU, titular de la cédula de identidad No. V- 11.931.865, contra los ciudadanos RAFIC ABBAS ARBID ABOU-ASSI, ANTONIO HACHAR DRIJA y GEORGE ANTONIO KASSAB.....