Por las consideraciones antes expuestas, el Tribunal Cuarto de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, de conformidad con lo establecido en el articulo 330 numeral 6 y 376 del Código Orgánico Procesal Penal CONDENA al ciudadano ALBINO JOSE ASTUDILLO, venezolano de 31 años de edad, titular de la cédula de identidad N° 14.661.654, de estado civil soltero, de profesión u oficio agricultor, natural de la población de Mariguitar, del municipio Bolívar del Estado Sucre, con fecha de nacimiento 01-03-1978, hijo de BERTHA ASTUDILLO Y RUPERTO GARCIA y residenciado en el sector el Charal casa sin número de la población de Mariguitar del Estado Sucre, a cumplir la pena de DOS (02) AÑOS DE PRISIÓN, por la comisión del delito de por la comisión del delito de DISTRIBUCIÓN MENOR DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTRÓPICAS, previsto y sancionado en el tercer aparte del artículo 31 de la Ley Orgánica contra el .....