Ahora bien, como quiera que es un hecho conocido por ambos abogados que el Partidor designado en el presente Juicio, Pablo Emilio Ortiz, falleció en esta ciudad de Carúpano, es evidente que no hay forma posible que otro partidor realice la actualización del informe presentado, en virtud de lo cual considera quien suscribe que lo que procede es fijar oportunidad para le designación del partidor en el presente juicio. Así se decide.
Por todas las razones expuestas anteriormente, éste Tribunal de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y Tránsito del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, emplazar a las partes para el nombramiento de Partidor, el cual deberá llevarse a cabo a las 10:30 a.m del Décimo (10º) día de Despacho siguiente a la ultima notificación que de las partes se haga. Notifíquese a las partes.