En atención a los motivos de hecho y de derecho antes expuestos, este Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito, Agrario y Bancario del Primer Circuito Judicial del Estado Sucre, actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la pretensión MERO DECLARATIVA DE EXISTENCIA DE UNION CONCUBINARIA, incoada por la ciudadana BEATRIZ MARGARITA DIAZ SILVA, portadora de la cédula de identidad Nº V-5.697.634, representada judicialmente por la abogada en ejercicio Luisa A. Jiménez Yendez, inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado, bajo el Nº 168.288, contra los ciudadanos ZUBGEHY COROMOTO HERNANDEZ DIAZ, ZULIBETH JOSEFINA HERNANDEZ DIAZ, LIRIAM DEL CARMEN HERNANDEZ DIAZ, CARLOS JAVIER HERNANDEZ DIAZ y ELYS MIGUEL HERNANDEZ DIAZ, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros V-14.285.878, V-14.585.946, V- 14.285.879, V- 15.742.556 y V-15.933.385, en ese mismo orden y el fal.....