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Decisiones del dia 06/03/2007

Formato:  Ficha  Lista

Paginas Ant 1 2 3 4 5 6 7 8 9 Sig [Total de sentencias: 90] Página 4 de 9
N° Expediente : SOL.S-N N° Sentencia : MAR-093-07 Fecha: 06/03/2007
Procedimiento:
Inspección Judicial
Partes:
FREDYS RAMON HUTADO GONZÁLEZ
Resumen:
Así, tenemos que un proceso puede extinguirse anormalmente, no por actos, sino por omisión de las partes. Perención de la Instancia es la extinción del proceso que se produce por su paralización durante un año, en el que no se realiza acto de impulso procesal alguno La perención es el correctivo legal de la crisis de actividad que supone la detención prolongada del proceso, El fundamento del instituto de la Perención de la Instancia reside en dos distintos motivos, de un lado la presunta intención de las partes de abandonar el proceso, que se demuestra en la omisión de todo acto de impulso y de otro, el interés publico de evitar la pendencia indefinida de los procesos. El interés procesal esta llamando a operar como estimulo permanente del proceso. Si bien la demanda es la ocasión propicia para activar la función jurisdiccional, no se puede tolerar la libertad desmedida de prolongar al antojo o reducir la dinámica del juicio a un punto muerto, la función publica del proceso exige qu.....
Juez/Ponente:
Susana García de Malave
Organo:
Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario, Tránsito y del Trabajo
arriba

N° Expediente : Sol.1563 N° Sentencia : MAR-074-07 Fecha: 06/03/2007
Procedimiento:
Inspección Judicial
Partes:
ORLANDO RAMON MIRANDA BENOT
Resumen:
Así, tenemos que un proceso puede extinguirse anormalmente, no por actos, sino por omisión de las partes. Perención de la Instancia es la extinción del proceso que se produce por su paralización durante un año, en el que no se realiza acto de impulso procesal alguno La perención es el correctivo legal de la crisis de actividad que supone la detención prolongada del proceso, El fundamento del instituto de la Perención de la Instancia reside en dos distintos motivos, de un lado la presunta intención de las partes de abandonar el proceso, que se demuestra en la omisión de todo acto de impulso y de otro, el interés publico de evitar la pendencia indefinida de los procesos. El interés procesal esta llamando a operar como estimulo permanente del proceso. Si bien la demanda es la ocasión propicia para activar la función jurisdiccional, no se puede tolerar la libertad desmedida de prolongar al antojo o reducir la dinámica del juicio a un punto muerto, la función publica del proceso exige qu.....
Juez/Ponente:
Susana García de Malave
Organo:
Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario, Tránsito y del Trabajo
arriba

N° Expediente : RP01-S-2003-002718 N° Sentencia : Fecha: 06/03/2007
Procedimiento:
Sobreseimiento Provisional
Partes:
XXXXXXXXXXXXXXX
Resumen:
declara Con Lugar el Sobreseimiento Provisional, solicitado por la Representante del Ministerio Público, a favor del ciudadano XXXXXXXX ; a quien se le iniciara causa por la presunta comisión del delito de Lesiones Personales Graves, previsto en el artículo 417 del Código Penal vigente para la fecha de comisión de los hechos, en perjuicio del ciudadano Nerys Rafael Salazar Acevedo; con fundamento en el artículo 561 literal "E" de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente. Notifíquese a las partes de la presente decisión, de conformidad con los artículos 180 y 325 del Código Orgánico Procesal Penal, por remisión expresa del artículo 537 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente.
Juez/Ponente:
Zulay Villarroel de Martinez
Organo:
Tribunal Primero de Primera Instancia en funciones de Control LOPNA
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N° Expediente : 5207 N° Sentencia : 152 Fecha: 06/03/2007
Procedimiento:
Medida De Protección
Partes:
ALIDA MARGARITA MUÑOZ MATA
Resumen:
En meritos de las razones de hecho y derecho procedente explanadas, es por lo que este Tribunal del Niño y del Adolescente, Administrando Justicia en Nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara CON LUGAR, la MEDIDA DE PROTECCIÓN EN COLOCACIÓN FAMILIAR EN FAMILIA SUSTITUTA, del adolescente, a la ciudadana ADELAIDA JOSE MUJICA CABRERA, ya identificada en el encabezamiento de esta sentencia. Todo de conformidad con el artículo 75 de la Constitución Bolivariana de Venezuela 08, 394, 395 y 396 de la LOPNA.-
Juez/Ponente:
Azucena Mata de Zabala
Organo:
Tribunal de Proteccion del Niño y del Adolescente
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N° Expediente : 5163 N° Sentencia : 153 Fecha: 06/03/2007
Procedimiento:
Medida De Protección
Partes:
CONSEJO DE PROTECCION DEL MUNICIPIO BERMUDEZ
Resumen:
En merito de las razones de hecho y derecho procedente explanadas, este Tribunal de Protección Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara CON LUGAR, la MEDIDA DE PROTECCIÓN EN COLOCACIÓN EN ENTIDAD DE ATENCIÓN de la Adolescente, en la Casa Abrigo "Doña Menca de Leoni" hasta que cumpla su mayoría de edad y se ordena efectuar Evaluación Psicológica cuatro veces (04) al año de conformidad con los artículos 394, 395 y 396 de la LOPNA.-
Juez/Ponente:
Azucena Mata de Zabala
Organo:
Tribunal de Proteccion del Niño y del Adolescente
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N° Expediente : RP01-S-2004-5498 N° Sentencia : Fecha: 06/03/2007
Procedimiento:
Cese De Medida Cautelar Sustitutiva
Partes:
GERARDO JOSÉ HERNANDEZ NORIEGA
Resumen:
ASUNTO PRINCIPAL : RP01-S-2004-005498 ASUNTO : RP01-S-2004-005498 ...este Tribunal Segundo de Control, actuando en nombre de la República y por Autoridad de la Ley, y luego de atendidas las circunstancias particulares del caso y siendo que la persona del encausado GERARDO JOSE HERNANDEZ NORIEGA, titular de la cedula de identidad N° 14.126.370, ha denotado estricta sujeción al proceso incoado en su contra, revelado ello en sus constantes apersonamientos a la sede del Juzgado, ante los llamados realizados a efectos de la verificación del acto de pendiente realización, y su ininterrumpido acato al régimen de presentaciones impuesto como mecanismo de coerción personal aseguramiento, con cabal observancia de la frecuencia precisada y superando en demasía el lapso de tiempo indicado para ello, es por lo que, SE ACUERDA, al resultar ello procedente y ajustado a derecho, el CESE DE LA MEDIDA CAUTELAR SUSTITUTIVA A LA PRIVACIÓN PREVENTIVA DE LIBERTAD, que en fecha ocho de agosto del a.....
Juez/Ponente:
Rut Mery Pineda
Organo:
Tribunal Segundo de Primera Instancia en Funciones de Control
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N° Expediente : RK01-P-2002-000050 N° Sentencia : Fecha: 06/03/2007
Procedimiento:
Ejecuciòn De Sentencia Condenatoria
Partes:
RAMÓN JOSÉ GONZÁLEZ
Resumen:
ASUNTO : RK01-P-2002-000050 administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, Acuerda ya ejecutada la pena, iniciar de oficio los trámites necesarios en caso de ser procedente el otorgamiento del Beneficio de la Suspensión Condicional de la Pena al penado: RAMÓN JOSÉ GONZÁLEZ venezolano, de 45 años de edad, nacido en fecha 02-08-61, de estado civil soltero, de profesión u oficio obrero, titular de la Cédula de Identidad N° 8.442.746, residenciado en el Barrio Las Palomas, Calle III Corazón de Jesús, Casa N° 03, de esta ciudad de Cumaná, Estado Sucre.
Juez/Ponente:
José Gregorio Morey Arcas
Organo:
Tribunal Segundo de Primera Instancia en Funciones de Ejecución
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N° Expediente : SOL.3.026 N° Sentencia : MAR-109-07 Fecha: 06/03/2007
Procedimiento:
Autorizacion Para Separarse Del Hogar
Partes:
SOLANNY GONZÁLEZ DE VELÁSQUEZ
Resumen:
Así, tenemos que un proceso puede extinguirse anormalmente, no por actos, sino por omisión de las partes. La Perención de la Instancia es la extinción del proceso que se produce por su paralización durante un año, en el que no se realiza acto de impulso procesal alguno la perención es el correctivo legal de la crisis de actividad que supone la detención prolongada del proceso, El fundamento del instituto de la Perención de la Instancia reside en dos distintos motivos, de un lado la presunta intención de las partes de abandonar el proceso, que se demuestra en la omisión de todo acto de impulso y de otro, el interés publico de evitar la pendencia indefinida de los procesos. El interés procesal esta llamando a operar como estimulo permanente del proceso. Si bien la demanda es la ocasión propicia para activar la función jurisdiccional, no se puede tolerar la libertad desmedida de prolongar al antojo o reducir la dinámica del juicio a un punto muerto, la función publica del proceso exige.....
Juez/Ponente:
Susana García de Malave
Organo:
Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario, Tránsito y del Trabajo
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N° Expediente : SOL.2.573 N° Sentencia : MAR-099-07 Fecha: 06/03/2007
Procedimiento:
Autorizacion Para Separarse Del Hogar
Partes:
DAMELIS JOSEFINA SALINAS
Resumen:
Así, tenemos que un proceso puede extinguirse anormalmente, no por actos, sino por omisión de las partes. Perención de la Instancia es la extinción del proceso que se produce por su paralización durante un año, en el que no se realiza acto de impulso procesal alguno La perención es el correctivo legal de la crisis de actividad que supone la detención prolongada del proceso, El fundamento del instituto de la Perención de la Instancia reside en dos distintos motivos, de un lado la presunta intención de las partes de abandonar el proceso, que se demuestra en la omisión de todo acto de impulso y de otro, el interés publico de evitar la pendencia indefinida de los procesos. El interés procesal esta llamando a operar como estimulo permanente del proceso. Si bien la demanda es la ocasión propicia para activar la función jurisdiccional, no se puede tolerar la libertad desmedida de prolongar al antojo o reducir la dinámica del juicio a un punto muerto, la función publica del proceso exige qu.....
Juez/Ponente:
Susana García de Malave
Organo:
Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario, Tránsito y del Trabajo
arriba

N° Expediente : SOL.2.413 N° Sentencia : MAR-096-07 Fecha: 06/03/2007
Procedimiento:
Autorizacion Para Separarse Del Hogar
Partes:
ELVIS MARIA CARREÑO SALAZAR
Resumen:
Así, tenemos que un proceso puede extinguirse anormalmente, no por actos, sino por omisión de las partes. Perención de la Instancia es la extinción del proceso que se produce por su paralización durante un año, en el que no se realiza acto de impulso procesal alguno La perención es el correctivo legal de la crisis de actividad que supone la detención prolongada del proceso, El fundamento del instituto de la Perención de la Instancia reside en dos distintos motivos, de un lado la presunta intención de las partes de abandonar el proceso, que se demuestra en la omisión de todo acto de impulso y de otro, el interés publico de evitar la pendencia indefinida de los procesos. El interés procesal esta llamando a operar como estimulo permanente del proceso. Si bien la demanda es la ocasión propicia para activar la función jurisdiccional, no se puede tolerar la libertad desmedida de prolongar al antojo o reducir la dinámica del juicio a un punto muerto, la función publica del proceso exige qu.....
Juez/Ponente:
Susana García de Malave
Organo:
Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario, Tránsito y del Trabajo
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