Por todas las razones expuestas anteriormente, éste Tribunal de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y Tránsito del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la demanda que por PARTICIÓN DE BIENES, intentara el ciudadano ALBERTO BELLO GARCIA contra la ciudadana EDERMIRA CAYETANA COVA PONCE, todos identificados anteriormente, sobre los bienes siguientes: La casa de habitación signada con el N° 29, ubicada en el Barrio Bolívar, Calle Rivas, San Martin, Jurisdicción de la Parroquia Santa Rosa, Municipio Bermúdez del Estado Sucre, construida sobre un terreno propiedad del INTI, que mide Siete metros con Cuarenta y Dos centímetros (7,42 mts.) de frente por veinticuatro metros con cuarenta centímetros (24,40Mts) de largo y está comprendida dentro de los siguientes linderos NORTE: con casa que es o fue de Pedro Salazar; SUR: con casa que.....