Por todo lo antes expuesto, este Tribunal de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la acción de REGIMEN DE CONVIVENCIA FAMILIAR, solicitada por el ciudadano ELVIS ECHEVERRIA RICO, contra la ciudadana OMIRSIA AIRELIS ARZOLA MARCANO, plenamente identificados.-
PRIMERO: El Progenitor compartirá con su hija: un fin de semana al mes. Y ASI SE ESTABLECE.-
SEGUNDO: Carnaval y Semana Santa de forma alterna, es decir, si un año Carnaval lo pasa con el padre, Semana Santa lo pasará con la madre, siendo alternado cada año. Y ASI SE ESTABLECE.-
TERCERO: Día del padre lo pasará con el padre y el día de las madres lo pasará con la madre. Y ASI SE ESTABLECE.-
CUARTO: En el periodo de Vacaciones Escolares, (cuando tenga edad escolar), serán compartidas, es decir la mitad con la madre y la mitad con el padre, de manera alternada cada año. Y ASI SE ESTABLECE.-
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