DECISIÓN:
Por los razonamientos anteriormente expuestos, este Tribunal Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Bermúdez, Benítez, Libertador, Andrés Mata y Arismendi del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la presente demanda de DIVORCIO CON FUNDAMENTO EN EL ARTÍCULO 185-A DEL CÓDIGO CIVIL, quedando disuelto el vínculo matrimonial que unía a los ciudadanos GODOFREDO JOSE MUÑOZ GOMEZ Y JUBEN DEL CARMEN VELASQUEZ HERNANDEZ, ampliamente identificados ut supra y que contrajeran por ante la Primera Autoridad Civil del Municipio Guasipati del Estado Bolívar, en fecha cuatro (04) de julio del año 1.998.-
Líbrense las participaciones y copias certificadas necesarias, al Fiscal Superior del Estado Bolívar, al Registrador Principal del Estado Bolívar y al Registro Civil del ahora Municipio Rosio del Estado Bolívar.....