El Juzgado Sexto de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre; actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley en este estado del proceso y sobre la base del numeral 2 del artículo 318 Código Orgánico Procesal Penal a favor del ciudadano ADRIÁN JOSÉ MENDOZA ZURITA, venezolano, de 19 años de edad, titular de la Cédula de Identidad N° V-22.626.382, nacido en fecha 07/10/1992, de profesión u oficio vendedor de verduras en el mercado, residenciado en el Sector Las Casimbas, Casa S/N°, al lado del gimnasio de Sambo, Cumaná, Estado Sucre, DECRETA EL SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA iniciada por la presunta comisión de uno de los delitos previsto en la Ley Orgánica de Drogas, tipificado por el Fiscal en su acusación como OCULTAMIENTO DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTRÓPICAS, previsto y sancionado en el Artículo 149, segundo aparte, de la Ley Orgánica de Drogas, y provisionalmente por el Juez al admitir la acusación como POSESIÓN ILÍCITA DE SUS.....