Este Tribunal Primero de control administrando Justicia en Nombre de la Republica y por Autoridad de la ley declara improcedente la solicitud Sobreseimiento por prescripción planteado por la defensora Publica Omaira Guzmán, a favor de sus representadas Ciudadanas Rosa Elena Cardona Guanchez y Maria del Valle Zabala Marcano, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 2, 22,27.257, 271 todos de la Constitución de la Republica Bolivariana de Venezuela