Por las razones antes expuestas este Tribunal Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara: CON LUGAR la demanda incoada por el ciudadano ANTONIO GONZÁLEZ ACUÑA, quien es venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N°. 1.269.506 debidamente representado por el profesional del derecho abogado IVAN MAGO inscrito en el IPSA bajo el N° 42.085, en contra de los ciudadanos HIPÓLITO BRITO y MARIA DE LOURDES CARVAJAL, titulares de las cédulas de identidad N° 6.598.663, y 5.708.574 respectivamente.