Este Tribunal Primero de Control de la Sección de Adolescente del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre Extensión Carúpano; Administrando Justicia en Nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley Resuelve: Primero: Se decreta la detención flagrante del imputado de autos; de conformidad con el artículo 248 del Código Orgánico Procesal Penal por mandato de artículo 537 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño, Niña y del Adolescente y se ordena la continuación del procedimiento por la vía ordinaria. Segundo: Se Decreta la medida cautelar establecida en el articulo 582 literal “C”, consistentes en presentaciones cada ocho (08) días por el lapso de tres (03) meses por ante la Unidad de Alguacilazgo de este Circuito Judicial Penal del Estado Sucre – Extensión Carúpano, contados a partir del siete 07 de enero de 2009; contra el adolescente OMISSIS; por estimarlo presuntamente incurso en la comisión del delito de POSESIÓN DE SUSTANCIAS ES.....