En ese acto el Tribunal verificó la comparecencia de las partes antes mencionadas dio inicio a la Audiencia Preliminar prolongada.
Se otorgó el derecho de palabra a cada una de las partes; una vez escuchados sus planteamientos, se iniciaron las deliberaciones y después de escuchar los alegatos formulados, la Juez insto a la mediación, lográndose llegar a un acuerdo satisfactorio entre las partes en la audiencia, toda vez que la parte demandada representada por su apoderados judiciales los abogados, RIVAS MEDINA, JUAN CARLOS MATA anteriormente identificados, ofrecieron en el acto, pagar a la parte actora ciudadano, JUAN FRANCISCO DE JESUS TINEO MARTINEZ, antes identificado, representado por sus apoderados judiciales los abogados, PIETRO SCAPELLATO ORTEGA, LENIN ROBERTO CARMONA , anteriormente identificados, la cantidad de SEISCIENTO MIL BOLIVARES CON CERO CENTIMO (Bs.600.000,00). Dicho pago se realizara de la siguiente manera: TRECIENTOS MIL BOLIVARES SIN CENTIMO (300.000,00BS) en f.....