Por los razonamientos antes expuestos, este Tribunal de Ejecución de la Sección de Adolescentes del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre Extensión Carúpano, administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley DECRETA La cesación de las medidas de Libertad asistida impuesta al sancionado "OMISSIS" por encontrase incurso en el delito de Ocultamiento Ilícito De Estupefacientes, previsto y sancionado en el articulo 149 segundo aparte de la Ley Especial de Droga, en perjuicio de La Colectividad. Y se da inicio a la medida de REGLAS DE CONDUCTA, por el lapso que falta por cumplir de dos (02) años. Quedando obligado en consecuencia a 1.-presentarse una vez al mes por ante la Unidad de Alguacilazgo. 2.- Prohibición de cometer nuevos delitos y 3.- Estudiar o trabajar y presentar constancia de lo realizado por su persona. Cúmplase.-
La Jueza de Ejecución
La Secretaria
Abg. Marisandra Cañizares G.
Abg. Onelia Díaz