declara con lugar el SOBRESEIMIENTO DEFINITIVO, solicitado por el Representante del Ministerio Público, a favor de los adolescentes XXXXXXXXXX; a quienes se les inicio investigación por la presunta comisión en un delito contra la libertad, cometido en perjuicio de los ciudadanos XXXXXXXXXX; con fundamento en lo establecido en el artículo 318 numeral 1 del COPP, concatenado con los artículos 561 literal d de la LOPNA y el 562 ejusden.
Notifíquese a las partes de la presente decisión, de conformidad con el artículo 180 del Código Orgánico Procesal Penal, por remisión expresa del artículo 537 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente. Se ordena, no publicar los datos de los adolescentes de autos, en la pagina Web, que lleva este Organismo, a los f los fines de no vulnerar el contenido del artículo 65 de la LOPNNA. Cúmplase. Se acuerda remitir las presentes actuaciones mediante oficio a archivo central a los fines de su resguardo, custodia y cuido, en espera de .....