Este Tribunal Tercero de Control, administrando Justicia, en Nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de Ley, le hace entrega en "GUARDIA Y CUSTODIA" al ciudadano: ELOY JOSÉ TORRES FUENTES, Venezolano, mayor de edad, Residenciado en la Urbanización Villa Dorada, Manzana "J", Casa Nro: J-04 Cumaná Estado Sucre, de este Domicilio y Titular de la Cédula de Identidad Nro: V-6.511.563., bajo las siguientes condiciones: Primero: Circular con el Vehículo antes descrito por todo el Territorio Nacional; Segundo: no alterarle las características que tiene hasta la presente fecha dicho vehículo; Tercero: presentarlo las veces que sea requerido por la Fiscalia del Ministerio Público, así como por este Tribunal; Cuarto: Prohibición de Vender y Traspasar el Referido Vehículo, hasta tanto no concluya la Investigación.- La falta de cumplimiento de estas condiciones por parte del ciudadano antes Identificado, acarreara las Revocatoria de este medida.- Notifíquese a la Fiscalia d.....