Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, Acuerda a favor del penado OMAR JOSE QUIJADA LARA, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° 11.439.943, condenado a cumplir la pena de UN (01) AÑO DE PRISIÓN, por la comisión del Delito LESIONES PERSONALES GRAVES, previsto y sancionado en el articulo 417 del código Penal, la Suspensión Condicional de la Ejecución de la Pena de conformidad con lo establecido en los Artículos 479, 494, 495 y siguientes del Código Orgánico Procesal Penal