en la cual desiste de su proposición suscrita en su escrito presentado en fecha 21 de Octubre de 2019, el Tribunal imparte su aprobación en los mismos términos expuestos. En consecuencia, éste Juzgado de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil Agrario, y Tránsito del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, HOMOLOGA el desistimiento y deja sin efecto el auto de fecha 24 de Octubre de 2019. Así se decide.-