Por los razonamientos anteriormente expuestos, este JUZGADO TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, TRANSITO, MARÍTIMO Y BANCARIO DEL PRIMER CIRCUITO JUDICIAL DEL ESTADO SUCRE Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley; declara: PRIMERO: INADMISIBLE EL RECURSO DE INVALIDACIÓN DE SENTENCIA de fecha 10 de Octubre del año dos mil diez (2010), planteado por el ciudadano ANIBAL JOSE RONDON, plenamente identificado en autos, cursante al Expediente 7086-10 de la nomenclatura interna de este Juzgado, contentivo del Juicio de APELACION DE RENDICION DE CUENTAS, la cual fue dictada por este Tribunal Tercero De Primera Instancia En Lo Civil, Mercantil, Transito, Marítimo Y Bancario Del Primer Circuito Judicial Del Estado Sucre, en la que declaró Con Lugar la Apelación e Inadmisible la demanda de Rendición de Cuentas; contra la ciudadana SONIA PACHECO, plenamente identificada en autos.-