éste Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito, Agrario y Bancario del Primer Circuito Judicial del Estado Sucre, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: FIRME las TUTELAS PREVENTIVAS ANTICIPADAS AGRARIAS, decretadas por este Organo Jurisdiccional en fecha 30 de Julio de 2.012, a favor de la ciudadana CARMEN EMILIA ACOSTA, portadora de la cédula de identidad Nº V- 10.473.923, asistida por el abogado ANGEL CARLOS VITOS SUÁREZ, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nº 42.864, en su condición de productora agrícola sobre el lote de terreno constante de ocho hectáreas con tres mil ciento noventa y cuatro metros cuadrados, denominado fundo La Laja, ubicado en el Sector Bejucal, Parroquia Arenas Municipio Montes del Estado Sucre. Así se decide.