Por los razonamientos explanados, y en virtud de los argumentos de derecho que los sustentan, este Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil, del Tránsito, Bancario y de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre, con sede en Carúpano, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, pasa a decidir el presente asunto, en los siguientes términos:
Primero: Se declara IMPROCEDENTE la Apelación interpuesta por los ciudadanos HERMÓGENES MÉNDEZ Y LUISA VILLARRROEL DE MÉNDEZ, Parte Demandada en el presente Juicio, contra la Sentencia Interlocutoria de fecha 07 de mayo de 2008, dictada por el Juzgado de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y del Tránsito del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre, con sede en Carúpano (Expediente 15.789), en el Interdicto de Despojo trabado en su contra por el ciudadano CRUZ FARÍAS MARCANO, representad.....