este Tribunal Primero de Ejecución de Sentencias administrando Justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley DECLARA SIN LUGAR la corrección de cómputo de pena ejecutada a los ciudadanos JOSÉ NICANOR ROMERO ZAPATA y ÁNGEL RAFAEL MORALES, solicitada por el Fiscal Auxiliar Primero de Ejecución de Sentencia del Estado Sucre, mediante oficios números 0832 y 0833, de fecha 12-09-2005, y en consecuencia ratifica los cómputos realizados en el auto de fecha 09-08-2005 dictado por este Tribunal.
Todo de conformidad con lo previsto en el artículo 479 del Código Orgánico Procesal Penal, en relación con los artículos 482 ejusdem y 12 del Código Civil.