Por todo lo razonamientos anteriormente expuestos este Tribunal Primero de Control del Circuito judicial penal del estado sucre extensión Carúpano administrando justicia en nombre de la Re y por autoridad de la Ley desestima totalmente la acusación interpuesta contra el ciudadano Oswaldo Alejandro Rafael Martínez, venezolano, mayor de edad, nacido en fecha 26 de febrero de 1985, de 19 años de edad, hijo de Oswaldo Rafael Martínez y Daires Josefina Ordosgoitte de , de profesión u oficio estudiante agricultor, residenciado en la urbanización primero de mayo, calle primavera 174 por el delito de robo agravado previsto y sancionado decreta el sobreseimiento de la causa todo de conformidad con lo previsto en el articulo 318, ordinal 1° del código orgánico procesal penal. Librese Boleta de Libertad y con oficio remítase a la comandancia de policía de esta ciudad.