en consecuencia éste Tribunal Primero de Control de la Sección de Adolescentes del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre Extensión Carúpano, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, acuerda Decretar la Aprehensión del delito en flagrante y se le impone al adolescente OMISSIS, de la medida sustitutiva de libertad, establecida en el artículo 582, literal C de la Ley especial, con la obligación de presentarse cada 08 días, por ante el Tribunal de Irapa Municipio Mariño del estado Sucre; por el lapso de dos (02) Meses, esto con la finalidad de que el Ministerio Público, pueda continuar con las investigaciones y presentar su acto conclusivo; por estar presuntamente incurso en la comisión de los delitos de RESISTENCIA A LA AUTORIDAD Y OCULTAMIENTO DE ARMA DE FUEGO Y MUNICIONES, previstos y sancionados en los artículos 218 y 277 ambos del Código Penal Vigente, en relación con el artículo 9 Sobre la Ley de Armas y Explosivos; en pe.....