DISPOSITIVA:
Por los razonamientos antes expuestos, este Tribunal Penal de Primera Instancia Estadales y Municipales en Funciones de Control Nº 01, Administración Justicia en nombre de la República Bolivariana y por Autoridad de la Ley, DECRETA Con lugar la Revisión de la Medida Cautelar de Fianza, y se sustituye por una Medida Cautelar con Caución Juratoria a favor de los ciudadanos GREGORIO JOSE VERA GONZALEZ, venezolano, natural del pilar, soltero, de 19 años de edad, de profesión u oficio agricultor, Titular de la Cédula de Identidad Nº V-28.758.854, nacido en fecha 12/03/1997, hijo de Omar José Vera y Espedita González, residenciado en la Pica del pilar, calle principal, casa S/n, cerca de la escuela a tres casa, Municipio Benítez, Estado Sucre; y JOHADRIS JOSE CRISTIAN MARTINEZ, venezolano, natural del Pilar, Estado Sucre, soltero, de 24 años de edad, de profesión u oficio agricultor , Titular de la Cédula de Identidad Nº V- 24.133.591, nacido en fecha 25/02/199.....