DISPOSITIVA
Por los razonamientos anteriormente expuestos, este Tribunal Tercero de primera instancia en Funciones De Control del Circuito Judicial Penal Del Estado Sucre, extensión Carúpano administrando justicia en nombre de la república Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, DECRETA: LA EXTINCION DE LA ACCION PENAL, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 49 Ordinal 7° del Código Orgánico Procesal Penal, y en consecuencia se DECRETA EL SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA, seguida al Ciudadano GLEDYS DEL VALLE HERNANDEZ BRITO, venezolana, de 33 años de edad, natural de Carúpano estado Sucre, soltera, Titular de la Cédula de Identidad Número V- 15.243.103, comerciante, nacido en fecha 19/11/81, Hija de América Brito y Jorge Hernández , Residenciado en: En el Sector Los Cocos, casa S/N, cerca del estadium de Los Cocos, Carúpano, Municipio Bermúdez del Estado Sucre, por la comisión del delito de RESISTENCIA A LA AUTORIDAD, previsto y sancionado en el artículo 218 del Códig.....