Por los razonamientos antes expuestos, este Tribunal de Ejecución de la Sección de Adolescentes del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre Extensión Carúpano, administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley DECRETA: Primero: La cesación de la Medida de Libertad Asistida dictada a OMISSIS por la comisión del delito de Asalto a Transporte Público; previsto en el artículo 357 del Código Penal en perjuicio de los ciudadanos: Jardim González Gesmaly Sofia, Jardim González Lady Joanna, Antonio Sánchez María Graciela y Barrio aguaje Orangel Antonio, y el inicio de la medida de reglas de conductas por el lapso que le falta por cumplir de de seis (06) meses y veintiún (21) días, quedando obligado 1) Presentarse Una (01) vez al mes por ante la Oficina de alguacilazgo. 2) No cometer nuevos hechos delictivos. 3): Estudiar o trabajar y en consecuencia consignar las correspondientes constancias Segundo: Se declara con lugar la declinator.....