Por los razonamientos anteriormente expuestos, este Juzgado de los Municipios Benítez y Libertador del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, HOMOLOGA el convenimiento realizado por las partes en el presente juicio y considera la causa pasada en autoridad de cosa juzgada, en consecuencia, el ciudadano DANIEL JOSÉ FERNANDEZ CEDEÑO, identificado ut supra, parte solicitante en el presente juicio le suministrara a su hija ..., por concepto de OBLIGACIÓN DE MANUTENCIÓN, el treinta por ciento (30%) de sus ingresos mensuales, así como también informo estar de acuerdo que se le descuente el mismo porcentaje del bono vacacional y del bono navideño, todo de conformidad con lo establecido en el Artículo 375 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños Niñas y Adolescentes, los Artículos 261 y 262 del Código de Procedimiento Civil y 26 de la Constitución de la Repúblic.....