D E C I S I Ó N
Por los razonamientos anteriormente expuestos, esta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, decide: PRIMERO: Se declara CON LUGAR, el Recurso de Apelación interpuesto por la abogada MAGLLANYTS MILAGROS BRICEÑO DÍAZ, actuando con el carácter de Fiscal Auxiliar Segunda del Ministerio Público del Primer Circuito del Estado Sucre en colaboración con la Fiscalía Primera del Primer Circuito Judicial del Estado Sucre, en contra decisión dictada por el Tribunal Sexto de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre - Sede Cumaná, en fecha 05 de diciembre de 2008, dictada a favor del ciudadano LUISCAR NORIEGA, a quien se le inicia la presente causa por la presunta comisión de los delitos de ROBO AGRAVADO, previsto y sancionado en el artículo 458 del Código Penal y PORTE ILÍCITO DE ARMA DE FUEGO, previsto y sancionado en el artículo 277 del Cód.....