este Tribunal Segundo de Control del Primer Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, en cumplimiento a lo dispuesto en los artículos 118 y 119 de la Ley Orgánica Contra el Tráfico Ilícito y el Consumo de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas, acuerda la autorización solicitada por el Fiscal Décimo Primero del Ministerio Público del Primer Circuito Judicial del Estado Sucre, con Competencia en Materia de Drogas, Abg. CESAR GUZMAN, para que se destruya la sustancia incautada CLORHIDRATO DE COCAINA, con un peso neto de tres gramos con ochenta miligramos (3, 80 mgrs.), CLORHIDRATO DE COCAINA, con un peso neto de un gramo con novecientos ochenta miligramos (1, 980 mgrs.), ALCALOIDES NEGATIVOS con un peso neto de quinientos noventa gramos, en la causa anteriormente identificada, mediante el procedimiento de incineración. Dicho acto contará con la asistencia de funcionarios de la Policía de Investigación Penal, un experto de la misma y el operador del horno o del sistema de destrucci.....