Por los razonamientos anteriormente expuestos, esta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: INADMISIBLE POR EXTEMPORANEO, el Recurso de Apelación interpuesto por el abogado DANIEL ENRIQUE ALVARADO VICUÑA, en su carácter de Fiscal Sexto Auxiliar del Ministerio Público, en el Sistema Penal de Responsabilidad del Adolescente del Primer Circuito Judicial del Estado sucre, contra decisión dictada en fecha 27 de mayo de 2008, por el Juzgado Primero de Control en el Sistema Penal de Responsabilidad del Adolescente del Primer Circuito Judicial del Estado Sucre, con sede en Cumaná, en la causa N° RP01-D-2008-000166, que se le sigue al adolescente: J. E. B. R., mediante la cual modifica LA MEDIDA DE DETENCIÓN JUDICIAL PREVENTIVA DE LIBERTAD por una MENOS GRAVOSA, al referido adolescente, en el asunto penal que se le sigue, por la comisión del delito de ROBO.....