Por todo lo antes Expuesto Este Tribunal de Control N° 01, de la Sección de Adolescente de este Circuito Judicial Penal del Estado Sucre Extensión Carúpano, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley Acuerda la Privación de Libertad del adolescente omisiss, por la presunta comisión del delito de Violación Agravada previsto y sancionado en el articulo 375 ordinal 1° del Código Penal, concordante con el artículo 628 parágrafo Segundo Literal ¿A¿ de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, y 250 del Código Orgánico Procesal Penal, todo concatenado con los artículos 559 de la Ley Especial, para asegurar su comparecencia a la Audiencia Preliminar y siendo que el adolescente reside en el Caserío Guayana, Municipio Libertador, del Estado Sucre, se acuerda su detención en el Comando de Policía de Tunapui Municipio Libertador de estado Sucre.-
Se niega la solicitud de Medida cautelar solicitada por la Defensa p.....