En virtud de los fundamentos de hecho y de derecho, que anteceden, este Tribunal Primero de Control de la Sección de Responsabilidad Penal del Adolescente del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Extensión Carúpano, Administrando Justicia en Nombre de la República por Autoridad de la Ley, DECLARA CULPABLE al ciudadano: OMISSIS, por la comisión de los delito: 1.- LESIONES PERSONALES LEVES Previsto y sancionado en el articulo 416 del Código Penal Vigente, en perjuicio de los ciudadanos YELESDETH JOSÉ AMARISTA Y DE FRANCISCO ANTONIO OSUNA; 2.- LESIONES PERSONALES MENOS GRAVES, previsto y sancionado en el articulo 413 del Código Penal Vigente en perjuicio del ciudadano JONNY JOSÉ VIÑA MARTÍNEZ 3.- LESIONES PERSONALES GRAVES, previsto y sancionado en el articulo 415 del Código Penal Vigente, en perjuicio del ciudadano JONFRY DEL JESÚS VIÑA MARTÍNEZ; en consecuencia lo sanciona con la medida de IMPOSICIÓN DE REGLAS DE CONDUCTA por el lapso de seis (06) meses, de conformidad con lo prev.....