DISPOSITIVA
Por todos los razonamientos de hecho y de derecho anteriormente expuestos éste Tribunal Quinto de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley DECRETA la Suspensión Condicional del Proceso y establece como condiciones a cumplir por los ciudadanos LUIS EDUARDO CEDEÑO BRAVO, quien es venezolano, de 25 años de edad, nacido en fecha 10-01-84, natural de Carúpano, Estado Sucre, portador de la cédula de Identidad Nº 17.781.992, Soltero, de oficio: Obrero, hijo de Wolgag Cedeño y Lesbia Bravo, residenciado en: Sector Canchunchu Viejo, calle Gran Mariscal, Casa S/N, la casa también mercal, Municipio Bermúdez del Estado Sucre, y EDUARDO LUIS CEDEÑO BRAVO, quien es venezolano, de 25 años de edad, nacido en fecha 10-01-84, natural de Carúpano, Estado Sucre, portador de la cédula de Identidad Nº 17.781.990, Casado, de oficio Mecanico, hijo de Wolgag José Cedeño y Lesbia Bra.....