De tal suerte que, a la luz del dispositivo legal mencionado supra, no puede este Organo Jurisdiccional decretar una medida cautelar sobre bienes que no pertenezcan, en este caso, al ciudadano ALFREDO JOSE COVA RONDON, motivo por el cual, se niega el decreto de la medida de Prohibición de Enajenar y Gravar solicitada y así se decide.-