REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, AGRARIO, TRÁNSITO Y DEL TRABAJO
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, AGRARIO, BANCARIO Y DEL TRANSITO DEL PRIMER CIRCUITO JUDICIAL DEL ESTADO SUCRE.
Cumaná, 05 de Abril de 2013
202° y 154°
Conforme a lo ordenado en el auto de admisión de la pretensión de ESTIMACION E INTIMACION DE HONORARIOS PROFESIONALES, se abre el presente cuaderno de medidas, a los fines de proveer sobre la medida Cautelar de Prohibición de Enajenar y Gravar solicitada, y en tal sentido este Tribunal observa:
El artículo 587 del Código de Procedimiento Civil, dispone que las medidas cautelares deben dictarse sobre bienes propiedad de aquel contra quien se libren.
En el caso particular bajo estudio, el demandante requirió el decreto de una medida cautelar sobre el 50% de los derechos de propiedad sobre un inmueble ubicado en Urbanización Santa Elena Town House Village, Parroquia Santa Inés, Municipio Sucre del Estado Sucre, afirmando que el demandado es el titular del mismo; sin embargo esta operadora de justicia por notoriedad judicial deja asentado que los derechos de propiedad sobre el aludido inmueble no pertenece al accionado en la presente incidencia, toda vez que, de las actas que conforman el cuaderno principal se evidencia que la ciudadana ANGELICA MARIA RIVERO GIL, es la titular del derecho de propiedad del inmueble en cuestión.
De tal suerte que, a la luz del dispositivo legal mencionado supra, no puede este Organo Jurisdiccional decretar una medida cautelar sobre bienes que no pertenezcan, en este caso, al ciudadano ALFREDO JOSE COVA RONDON, motivo por el cual, se niega el decreto de la medida de Prohibición de Enajenar y Gravar solicitada y así se decide.-
La Juez Prov.,
Abg. GLORIANA MORENO MORENO,
La Secretaria.,
Abg. KENNY SOTILLO SUMOZA
Exp. Nº 19.340
Material: Civil
Motivo: Cobro de Honorarios profesionales
Partes: Carlos José Andrade Gutiérrez & Alfredo José Cova Rondòn
GMM/nf