DISPOSITIVA
Con fundamento en los medios de pruebas debatidos, este Tribunal Unipersonal de Juicio de la Sección Penal de Adolescentes del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre Extensión Carúpano, Administrando Justicia, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA Inocente y en consecuencia, ABSUELVE al acusado ciudadano OMISSIS, venezolano, nacido en fecha: 23-07-1990, de 20 años edad, titular de la Cédula de Identidad Nº 25.098.623, hijo de Neptalí Malavé y Justo Antonio Noriega, domiciliado en: Calle el Espejo de San Martín, Casa s/n, cerca de la bodega de Luisa, Carúpano, Municipio Bermúdez Estado Sucre, por considerar que no hay pruebas de la participación del acusado en la comisión del delito de HURTO CALIFICADO, previsto y sancionado en artículo 453 ordinales 3° y 4° del Código Penal Vigente, en perjuicio del ciudadano RICHARD FRANCISCO TREJO LÓPEZ; todo de conformidad con lo establecido en el artículo 602 literal "e" de la Ley Orgá.....