Ahora bien, probado como ha sido lo alegado por la parte solicitante, y vista la obviedad del error denunciado que no amerita la tramitación de un juicio de Rectificación de Partida de Nacimiento, es por lo que este Juzgado de Municipio Andrés Eloy Blanco del Primer Circuito Judicial del Estado Sucre, Casanay, que Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA CON LUGAR la Solicitud de Rectificación de Partida de Nacimiento, interpuesta por el ciudadano ANTONIO JOSE MATTEY SALAYA, antes identificado, y en consecuencia ordena en forma sumaria a la Prefectura de la Parroquia Mariño del Municipio Andrés Eloy Blanco del Estado Sucre, hacer la debida nota marginal en el Libro de Registro Civil de Nacimiento, previamente determinado, a fin de que corrija en el contexto del Acta N°32, renglón N° 6, de fecha 12 de Enero de 1966, que recoge el acto civil de presentación de Antonio José Mattey Salaya, que donde dice UNA NIÑA HE.....