REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
PRIMER CIRCUITO JUDICIAL DEL ESTADO SUCRE
JUZGADO DEL MUNICIPIO ANDRES ELOY BLANCO
199° Y 151°

Expediente N° 10-97
SOLICITANTE: ANTONIO JOSE MATTEY SALAYA
ABOGADO ASISTENTE: SANDY ROJAS FARIAS
MOTIVO: RECTIFICACION DE PARTIDA DE NACIMIENTO

Vista la anterior Solicitud presentada por el ciudadano ANTONIO JOSE MATTEY SALAYA, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° V- 8.980.807, domiciliado en la población de Casanay, Parroquia Mariño, Municipio Andrés Eloy Blanco del Estado Sucre, debidamente asistido por el profesional del Derecho Dr. SANDY ROJAS FARIAS, venezolano, de este domicilio, Abogado en ejercicio, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 48.614, mediante la cual solicita de este Tribunal ordene la RECTIFICACION DE SU PARTIDA DE NACIMIENTO, inserta bajo el N° 32, en el Libro Civil de Registro de Nacimiento correspondiente al año mil novecientos sesenta y seis (1966), llevado por la Prefectura del Municipio Mariño del Distrito Ribero del Estado Sucre, hoy Parroquia Mariño, Municipio Andrés Eloy Blanco del Estado Sucre.- El error que el identificado ciudadano solicita su corrección en la determinada Partida de Nacimiento consiste en que: al momento de asentarse en el referido documento civil su sexo se incurrió en error material de escribir una niña hembra, siendo lo correcto un niño varón.- A los fines de probar el error material en relación a su sexo, el solicitante consignó la siguiente documentación: Copia Certificada de su Acta de Nacimiento, Copia de su Cédula de Identidad y original de documento de Datos Filiatorios, expedido por el Servicio Administrativo de Identificación, Migración y Extranjería, Caripito, Estado Monagas. ----. Error de transcripción que se comprueba del contenido de los instrumentos consignados, fundamentalmente de los Datos Filiatorios antes referidos, así como de la Partida de Nacimiento del solicitante.-
Ahora bien, probado como ha sido lo alegado por la parte solicitante, y vista la obviedad del error denunciado que no amerita la tramitación de un juicio de Rectificación de Partida de Nacimiento, es por lo que este Juzgado de Municipio Andrés Eloy Blanco del Primer Circuito Judicial del Estado Sucre, Casanay, que Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA CON LUGAR la Solicitud de Rectificación de Partida de Nacimiento, interpuesta por el ciudadano ANTONIO JOSE MATTEY SALAYA, antes identificado, y en consecuencia ordena en forma sumaria a la Prefectura de la Parroquia Mariño del Municipio Andrés Eloy Blanco del Estado Sucre, hacer la debida nota marginal en el Libro de Registro Civil de Nacimiento, previamente determinado, a fin de que corrija en el contexto del Acta N°32, renglón N° 6, de fecha 12 de Enero de 1966, que recoge el acto civil de presentación de Antonio José Mattey Salaya, que donde dice UNA NIÑA HEMBRA debe decir UN NIÑO VARON.- Y ASI SE DECIDE.
La presente decisión se toma de conformidad con lo previsto en los Artículos 773 y 774 del Código de Procedimiento Civil en concordancia con lo establecido en el Artículo 3 de la Resolución N° 0006-2009 de fecha 18 de Marzo de 2009, del Tribunal Supremo de Justicia, publicada en Gaceta Oficial N°39.152 del 02-04-2009.
Expídanse copias certificadas de esta Sentencia que fueren menester a los interesados y envíense las necesarias a las Autoridades competentes, a los fines legales consiguientes. Líbrense oficios.
Publíquese, Regístrese, Diarícese y déjese copia certificada.
Dada, firmada y sellada en la Sala de del Despacho del Juzgado de Municipio Andrés Eloy Blanco del Primer Circuito Judicial del Estado Sucre. Casanay, a los cinco (05) días del mes de Abril del año dos mil díez (2010). Años 199° de la Independencia y 151° de la Federación.
LA JUEZ TEMPORAL,

ABG. ADELAIDA FERNÁNDEZ LIRA
LA SECRETARIA,
ABG. ADRIANA DEL VALLE TERIUS SANCHEZ

En esta misma fecha, 05-04-2010, se publicó la anterior Decisión, siendo las 11:00 a.m., previo los requisitos de Ley.
LA SECRETARIA,
ABG. ADRIANA DEL VALLE TERIUS SANCHEZ
Exp. 10-97
AFL/lats/malv.