En virtud de las razones de hecho y de derecho precedentemente expuestas, este TRIBUNAL QUINTO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS BERMÚDEZ, BENÍTEZ, LIBERTADOR, ANDRÉS MATA Y ARISMENDI DEL SEGUNDO CIRCUITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO SUCRE, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara CON LUGAR la solicitud de DIVORCIO 185 –A del Código Civil, interpuesta por los ciudadanos OLIMPIA MARIA HERNANDEZ DE CARMONA y ARISTIDES JOSE CARMONA ACUÑA, quedando en consecuencia DISUELTO EL VINCULO MATRIMONIAL que los unía y que contrajeran por ante Prefectura de la Parroquia Santa Catalina, Municipio Bermúdez del Estado Sucre, la según se evidencia del Acta de Matrimonio la cual quedo asentada bajo el N° 47 , de fecha dieciséis (16) de Marzo de 1981.-
Definitivamente firme como haya quedado el fallo dictado, remítase bajo oficio, copia certificada de la presente decisión, con inserción del a.....