En atención a los fundamentos antes expuestos, es por lo que este Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil, Tránsito, Bancario y de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA:
PRIMERO: INADMISIBLE, la apelación interpuesta por la Ciudadana Hilda Hernández de Mazzarella, titular de la Cédula de Identidad Nº V-4.204.636, asistida del Abogado José Enrique Ramos Guerra, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 164.699, contra el auto de fecha 15 de Diciembre de 2017, dictado en la presente solicitud por el Tribunal Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Valdez del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre. En consecuencia, se ratifica y confirma el contenido del mencionado auto de fecha 15 de Diciembre de 2017.-
SEGUNDO: NULO, el Auto de fecha 12 de Enero de 2018 di.....