Por los motivos de hecho y de derecho antes expuestos, este Juzgado segundo de primera instancia en lo Civil, Mercantil, del Tránsito y Bancario del Primer Circuito Judicial del Estado Sucre, Niega la solicitud realizada por la ciudadana Yilda Galanton, titular de la cedula de identidad número V- 9.982.978 asistida por el abogado en ejercicio Arturo Gutiérrez, inscrito en el inpreabogado bajo el número 87.943, Así se decide.-