Por lo tanto, de conformidad con lo alegado y probado en el expediente, este JUZGADO DE LOS MUNICIPIOS SUCRE Y CRUZ SALMERÓN ACOSTA DEL PRIMER CIRCUITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO SUCRE, Administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara:
1°. CON LUGAR la demanda intentada por INVERSIONES TUCUMCARI, C.A., contra OSSAMA MARMOUD, por la pretensión de desalojo del inmueble ubicado en la calle Mariño N° 134 de Cumaná, Municipio Sucre, Estado Sucre, constituido por: "(I) Un sector de entrada del cuerpo central de la planta baja del referido inmueble, que mide aproximadamente 4,80m de frente por 8,20m de fondo. (II) Otro sector que mide aproximadamente 10m de ancho por 32,83m de fondo. (III) Tres (3) locales ubicados en el lado derecho, (mirando hacia la calle), de la planta baja del referido inmueble, marcados "A", "B" y "C", en el sentido de adentro hacia fuera, cuyas dimensiones aproximadas son: "A": 11,93m x 4,.....