ASUNTO PRINCIPAL : RK01-P-2002-000025
ASUNTO : RK01-P-2002-000025
...Este Tribunal al revisar las actas que conforman la presente causa, observó que según el Informe antes señalado que el penado a trabajado y/o estudiado en el lapso comprendido, desde el 08/11/2006 al 26/10/2006, lo que hace un tiempo de trabajo y/o estudio de ONCE (11) MESES y DIECIOCHO (18) DIAS, que arroja un Tiempo Real de Redención, de CINCO (05) MESES y VEINTICUATRO (24) DIAS, tiempo este que es redimido en este acto al penado.
Teniendo el penado hasta la presente fecha 04/12/2007, una pena total cumplida de SIETE (07) AÑOS, CINCO (05) MESES Y VEINTICINCO (25) DÍAS DE PRISION, ello en virtud de la sumatoria de la pena redimida en este auto, más la pena física cumplida de CINCO (05) AÑOS, UN (01) MES y DIEZ (10) DIAS, más una primera redención de fecha 16/11/06, de UN (01) AÑO, ONCE (11) MESES Y VEINTIUN (21) DÍAS.
En consecuencia, de conformidad con el articulo 479 y 509 del Código Orgánico Pr.....